ALEMANIA
Art. 96 | Ley de residencia – Facilitación y tráfico | |
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Entrada | Incitar o prestar asistencia para la entrada si: recibe o se le promete una ventaja, actúa reiteradamente, actúa en beneficio varios extranjeros |
Permanencia | Incitar o prestar asistencia para la permanencia irregular si recibe o se le promete una ventaja pecuniaria |
Agravantes | Comercialmente; grupo organizado; arma de fuego u otra arma; tratos inhumanos o degradantes que pongan en peligro la vida o genera riesgos de daños graves para la salud; evasión de los controles que pongan en peligro la vida o integridad física o bienes de valor significativo de otra persona; en favor de un menor de edad no acompañado |
Atenuantes | Menos graves (atenuante) |
Á. territorial | Estados miembros de la UE o de un Estado Schengen |
Castigo de migrantes | Entrar o permanecer de manera irregular |
Ley sobre residencia, trabajo remunerado e integración de extranjeros en el territorio federal) (Ley de residencia – AufenthG)
Artículo 96. Tráfico ilícito de extranjeros y de personas a las que se aplica la Ley de libre circulación/UE.
(1) Será castigado con pena de prisión de seis meses a diez años o, en los casos menos graves, con pena de prisión de hasta cinco años, o multa, a quien incite a otro o le preste asistencia a:
1. Cometer un delito en virtud del artículo 95(1)3[1] o 95(2)1a[2] y:
a) Recibe o se le promete una ventaja a cambio o,
b) Actúa reiteradamente o en beneficio de varios extranjeros.
2. Cometer un delito tipificado en el artículo 95(1)1[3] o 95(2)[4]; o 95(1a)[5] o (2)1b o (2)2 y recibe o se le promete una ventaja pecuniaria a cambio.
3. Cometer un acto de conformidad con el artículo 9(1)[6], de la Ley de libertad de circulación/UE y recibe o acepta la promesa de una ventaja financiera a cambio.
También será sancionado quien actúe a favor de un extranjero que no haya cometido un acto ilícito intencional en el sentido del artículo 95(1)1 o 95(1)2.
(2) Se impondrá una pena privativa de libertad no inferior a un año a toda persona que, en los casos contemplados en el apartado (1):
1. Actúa comercialmente.
2. Actúa como miembro de una banda que se ha unido para seguir cometiendo tales delitos.
3. Porta un arma de fuego si el delito está relacionado con un acto contemplado en el artículo 95(1)3 o 95(2)1a.
4. Porta otra arma para utilizarla en el delito si éste se refiere a un acto contemplado en el artículo 95 (1)3 o 95(2)1a.
5. Expone al traficado a tratos inhumanos o degradantes que pongan en peligro su vida o a genera riesgos de daños graves a su salud.
6. Intenta evadir el control policial de manera imprudente y manifiestamente contraria al tráfico, poniendo así en peligro la vida y la integridad física de otra persona o los bienes de valor significativo de otras personas.
Asimismo, se castigará a quien, en los casos contemplados en el apartado 1, párrafo 1 número 1, actúe en favor de un extranjero menor de edad soltero que entre en el territorio federal sin ir acompañado de una persona que ostente la patria potestad o de un tercero que haya asumido el cuidado o la custodia del menor, aunque éste no haya cometido un acto ilícito intencionado. En los casos menos graves del segundo párrafo, la pena será de prisión de seis meses a diez años.
(3) La tentativa es punible.
(4) El artículo 96(1)1a; 96(1)2, 96 párrafo 2; 96(2)1, 2, 3, 5 y 6; 96(2) párrafo 2; y 96(3) y, en caso de entrada por vía terrestre, también el artículo 96(1)1b, se aplicarán a las infracciones de las disposiciones legales sobre entrada y residencia de extranjeros en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado Schengen si:
- Corresponden a los actos contemplados en el artículo 95(1)2 o 95(1)3 o 95(2)1 y
2. el delincuente asiste a un extranjero que no es nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
(5) Se aplica el artículo 74a del Código Penal[7].
[1] Entrar en el territorio federal en contra de lo dispuesto en el artículo 14(1)1 y 14(1)2.
[2] Entrar en el territorio federal en contra de lo dispuesto en el artículo 11(1), o en contravención de una orden ejecutiva en virtud del artículo 11(6)1, u 11(7)1.
[3] Permanezca en el territorio federal en contra de lo dispuesto en el artículo 3(1) en relación con el artículo 48(2).
[4] Artículo 95(2)
1. Entrar (a) o permanecer (b) en el territorio federal en contra de lo dispuesto en el artículo 11(1), o en contravención de una orden ejecutiva de conformidad con el artículo 11(6)1, o 11(7) párrafo 1, 1a.
2. Contravenir una orden judicial ejecutable con arreglo al artículo 56 bis (1) e impida así la determinación continua de su lugar de residencia por parte de una autoridad competente mencionada en el artículo 56 bis (3).
3. Hacer o utilizar declaraciones incorrectas o incompletas con el fin de obtener un permiso de residencia o una estancia tolerada para sí mismo o para otra persona, o para evitar la anulación o posterior restricción del permiso de residencia o de la estancia tolerada, o utilice conscientemente un documento obtenido de este modo para engañar en negocios jurídicos.
[5] Cometer intencionadamente un acto contemplado en el artículo 404(2)4 del Libro Tercero del Código Social alemán o en el artículo 98(3)1, necesite un permiso de residencia para residir en el territorio federal conforme al artículo 4(1) párrafo 1 y sólo disponga de un visado Schengen conforme al artículo 6 (1)1 como permiso de residencia.
[6] Facilitar o utilizar información incorrecta o incompleta para obtener una tarjeta de residencia, una tarjeta de residencia permanente, un certificado de residencia permanente, un documento de residencia-GB o un documento de residencia para trabajadores transfronterizos-GB para sí misma o para otra persona, o que utilice a sabiendas un documento obtenido de este modo para engañar en transacciones legales.
[7] Relativo al decomiso de productos, medios u objetos del delito.
DERECHO A MIGRAR
Sitio web desarrollado en el marco de la tesis doctoral:
Sin fronteras para los derechos humanos: la criminalización europea de la migración
y el delito de tráfico de migrantes como política migratoria securitaria
Diseñado por Manuel Cabezas Vicente
Investigador predoctoral en formación | Área de Derecho penal
2024 | Manuel Cabezas Vicente